Artículo de Adrián Gallero Moreiras publicado en el dossier «Espacio público, espacio común» de la revista Istmos. Sobre los bienes comunales, su importancia histórica y su importancia de cara a afrontar el futuro.
Llegué a la casa donde vivo ahora hará trece años, y no fue hasta hace poco que me fijé en el terreno de al lado. Un día, mi madre me explicó que había pedido permiso a los vecinos para hacer un camino que pasara por este terreno y llegara a casa. La respuesta fue positiva. A partir de aquí, como si se tratara de un agradecimiento o un intercambio, vi como mi madre empezaba a desbrozar y limpiar frecuentemente aquel terreno, recuperando poco a poco los robles abducidos por zarzas y las aliagas. Fue entonces cuando descubrí que aquel terreno era comunal, es decir, que su uso y propiedad es de todos los vecinos de la parroquia. Y a partir de ese momento fui consciente de que el terreno de al lado de mi casa es sólo un pequeño tesoro de los muchos que existen en el resto del Estado. Reliquias que hay que conocer, valorar, cuidar y trabajar: los terrenos comunales.
Una gran extensión de nuestro país es todavía comunal pesar de los históricos ataques del Estado para hacerse con su control. Para hacernos una idea de su dimensión, ya pesar por motivos históricos existen grandes divergencias en función del territorio, actualmente es de propiedad comunal el 45% del territorio navarro, el 50% del castellano leonés, el 22% del gallego, el 90% del Valle de Aran y también un porcentaje importante -aunque desconocido- en Cataluña. En otros territorios, como por ejemplo las Baleares, la mayoría de tierras comunales fueron expropiadas durante las desamortizaciones del siglo XIX.
Pero, ¿qué son concretamente los terrenos comunales? Son mayoritariamente montes y tierras de cultivo o de pasto el dominio, propiedad y derecho de uso de las que han pertenecido históricamente a las comunidades vecinales de ámbito inferior al municipio (caseríos, parroquias, juntas vecinales, villas, aldeas, consejos, etc. .). Los terrenos comunales han representado la forma de subsistencia de se comunidades que los habitan y que al mismo tiempo han contribuido, desde hace siglos, a su conservación. Son a la vez un ejemplo de mantenimiento del territorio sin la interferencia de la administración pública.
De esta manera vemos como los terrenos comunales están ligados a instituciones de democracia directa que representan el mayor legado histórico de uso, gestión y gobierno del territorio por parte de sus habitantes. Instituciones de autogestión y, sobre todo, de autonomía -he aquí el foco del conflicto-, a través de las cuales los habitantes del medio rural participan y se implican en la gestión de los bienes que benefician a toda la comunidad, facilitando las relaciones sociales y productivas del territorio y -histí²ricament- protegiéndose ante las influencias externas.
Estas instituciones son los consejos abiertos, el sistema asambleario a través del cual se organizan los vecinos. En la actualidad, este sistema está restringido por ley a las entidades locales de menos de cien habitantes, y en las que tradicionalmente hayan funcionado así, lo que dificulta el mantenimiento de la democracia directa. «Actualmente ha decaído su uso, tanto por un problema demográfico -la gente no responder, como por la capacidad de actuación propia que tiene la junta vecinal y que hace que no se vea obligada a convocar siempre el consejo abierto. De hecho, cuando hay consejo abierto sobre temas importantes, los habitantes asisten », dice Laureano Manuel Rubio Pérez, catedrático de Historia Moderna de la Universidad de León.
En términos legales, estas comunidades vecinales tienen capacidad propia para crear servicios vecinales como centros sociales, residencias etc. «Lo importante de estas comunidades es que, si gestionan bien sus propiedades, pueden tener recursos para crear y mantener estos servicios, lo que de hecho ya ocurre con muchas comunidades de montes vecinales en muchas parroquias; y si se gobiernan bien, pueden hacerlo desde una óptica participativa y de verdadera democracia directa », nos explica el colectivo Montenoso, comunidad / espacio / red que procura trabajar por y para las comunidades de montes vecinales en mano común (un régimen jurídico concreto) de Galicia.
De esta manera, los terrenos comunales plantean -al igual que el resto de los llamados commons- una alternativa a la división clásica entre las esferas pública y privada, entre el Estado y el Mercado. A pesar de existir desde antes de la aparición de los Estados, estos últimos han intentado erradicar históricamente el patrimonio comunal para representar un modo de organización en el que los derechos colectivos y la propiedad compartida se colocan por delante de los derechos individuales y la propiedad privada.
Si bien sería aventurado afirmar que los terrenos comunales representan los restos de un modo de vida previo basado en la propiedad colectiva e igualitaria, sí se puede afirmar que son la muestra de una organización social y política basada en principios diferentes a los de la actual administración pública, claramente neoliberales. Los terrenos comunales son de propiedad colectiva, es decir, ni pública ni privada, al no estar fundamentados en el derecho romano sino en el germano (que no es hereditario). Así, los derechos de propiedad sobre los terrenos comunales están basados en el uso (a partir de la pertenencia al territorio, y no de la simple posesión de una propiedad en el mismo), y sometidos a los principios de la inalienabilidad (no pueden ser vendidos), imprescriptibilidad (su propiedad vecinal común no prescribe), inembargabilidad e indivisibilidad, principios que definen estos espacios.
Los avances del neoliberalismo global dejan ver sus efectos en España especialmente a partir del siglo XIX, cuando la Ley General de Desamortización (1855), o Ley Madoz, culminó un proceso iniciado ya en las Cortes de Cádiz en el que se produjo la desaparición de buena parte de los terrenos comunales. Estos terrenos fueron privatizados en manos de la nobleza y las oligarquías locales -que a partir de ese momento impidieron el acceso vecinal a los terrenos comunals- o, en su defecto, estatalitzats a través de su traspaso al patrimonio de las nuevas instituciones públicas -los ayuntamientos, creados en 1812-, y, por tanto, pasando al sector público.
Las tierras que resistieron -las que aún existen hoy- lo hicieron gracias a la resistencia campesina que, como nos cuenta Laureano, reivindicó su control del territorio y la existencia de sus propias instituciones vecinales frente la aparición de los ayuntamientos que en parte pretendían hacerse con el patrimonio local de los pueblos. «No es sólo la acción del Estado la que explica la lógica de la dinámica histórica de los bienes comunales. Si se han conservado terrenos comunales en muchas regiones es que la gente que vivía de ellos los defendió en la medida en que tuvo fuerzas para hacerlo »1.
Dando un salto al presente, el último ataque estatal se produjo en 2013 con la Ley de Racionalidad y Sostenibilidad de la Administración Local, conocida como Ley Montoro. «La Ley Montoro no era más que un intento de alejar la capacidad de decisión de las entidades más cercanas a la ciudadanía», afirma Laureano. Esta ley, inspirada por el mandato del famoso artículo 135 de nuestra Constitución, fue presentada por el Gobierno como solución a gran parte de los problemas de endeudamiento de los pequeños ayuntamientos, planteando la concentración de los servicios públicos a las poblaciones de más de 20.000 habitantes y , por defecto, a las Diputaciones Provinciales. «Partimos de que el Gobierno no tiene ganas de hacer una reforma estructural de la administración local. A partir de ahí, el Gobierno vio que existían más de 3.000 entidades locales con un gran patrimonio y pensó que eliminarlas sería una buena reforma de ahorro que a la vez conllevaría la cesión de este patrimonio en manos de los ayuntamientos , que de esta manera podrían de paso sanear sus cuentas », sigue Laureano.
Es importante tener en cuenta que los 7.129 millones de euros que pretendía ahorrar la ley, el ahorro correspondiente a la desaparición de las 3.700 entidades locales menores y las 1.024 mancomunidades que existen en España era de 73 millones de euros, es decir , un 1% del total. Es evidente, por tanto, que detrás de esta maniobra no se buscaba directamente ahorrar dinero, sino traspasar el poder hacia los Ayuntamientos y las Diputaciones Provinciales -Centralizar administrativamente el Estado y terminando con la realidad comunal- y de paso dañar la autonomía local. Al mismo tiempo, todo este patrimonio transferido a ayuntamientos y diputaciones ofrecía la posibilidad a posteriori ser privatizado y, por tanto, de obtener grandes beneficios que evidentemente sanear las cuentas, pero a expensas de expoliar la riqueza natural y patrimonial del país para ponerla en manos de empresas 2. «Creemos que hay un interés en privatizar y poner en manos de las empresas todas las propiedades y servicios posibles. Las instituciones locales son un impedimento para ello y por eso son atacadas, como se ve con la Ley Montoro », afirma el colectivo Montenoso.
Ante todo este proceso es necesario ofrecer resistencia, lo que teniendo en cuenta las características demográficas del mundo rural (éxodo rural, vejez, etc.) plantea dificultades las soluciones de las que probablemente vayan ligadas a la necesidades de reinventar el mundo rural y los comunes . Sin duda, el cambio en los modos de vida, los grandes movimientos de población del campo hacia la ciudad y los procesos económicos globales hacen necesario abrir un proceso de reflexión, análisis y actualización de las entidades locales, de modo que puedan seguir cumpliendo una función allí donde se encuentren, ya que, como afirma Laureano, «si bien históricamente han sido claves para garantizar la subsistencia de los habitantes del mundo rural, actualmente ya no ocurre lo mismo, lo que ha provocado la desnaturalización de la razón de ser de los terrenos comunales ».
Dada esta realidad, tanto Laureano como Montenoso coinciden en la clave: volver a valorar el mundo rural. Nos dice lo primero que «los pueblos y villas deben cambiar su funcionalidad. Lo importante es que los propietarios -los hijos del pueblo, hijos de antiguas habitantes que ahora residen mayoritariamente en las ciudades- adquieran conciencia del valor del patromonio cultural y natural, y se comprometan a mantenerlo, conocerlo y utilizarlo el ». Del mismo modo, Montenoso opina que «hay que valorar el mundo rural, entenderlo como lugar productor de alimentos pero también como lugar donde se dan una serie de conocimientos que hay que resituar, como puede ser la etnobotánica. Es necesario que estos territorios tengan unos servicios dignos, y esta es una lucha que no podemos olvidar. El mundo rural sigue vivo y por tanto en cambio constante, pero con sus ritmos y tiempos ». En definitiva, concluye el catedrático de Historia Moderna, «los tiempos cambian y las circunstancias son diferentes. Lo importante es que nos adaptamos a estos cambios y tomemos conciencia de la herencia cultural y material tanto del espacio rural como de los recursos colectivos que el mismo ofrece ».
Parece evidente que ha llegado la hora de que los habitantes de las ciudades -estén más o menos vinculados directamente al mundo rural- empiecen a comprometerse activamente con la defensa de los bienes comunes, y no a utilizarlos exclusivamente como bien de recreo. En este sentido, Laureano ve positiva la medida incluida en la mencionada ley que obliga a las juntas vecinales a presentar las cuentas anuales ante el tribunal de cuentas como requisito para mantener su existencia. «Hay que reconocer que durante los últimos 20 años la situación se ha desmadrado, hay que poner orden. Hay juntas vecinales en las que no vive nadie y que están formadas por gente que vive en Madrid y las utiliza para tener cotos de caza y disfrutarlos durante el verano. Esto no sirve ». Sin embargo, el formato informático exigido para presentar las cuentas plantea dificultades en numerosos pueblos que no tienen acceso a internet, lo que compromete su existencia.
«Una forma de gestionar el común en común implica una democracia directa en la vida de la parroquia. Esto implica una forma de relacionarse y gestionar en común lo relacionado con el vecindario y sus usos, más allá del sexo, la religión, la raza, etc. », nos explica Montenoso. Además, afirma Laureano, «las comunidades con bienes comunales son las que más posibilidades tienen de resistir en el futuro».
Conocemos, valoramos, protegemos y hacemos uso de lo que nos pertenece a todos y representa una de las últimas muestras que existen de una realidad en la que una gran variedad de infraestructuras como molinos, herrerías o hornos pertenecían a la colectividad vecinal rural , que de manera compartida decidía las normas de uso y aprovechamiento, impidiendo el lucro y repartiendo los recursos necesarios para vivir. Ante la resistencias, lo único que queda es la maquinaria estatal, que como bien describe el catedrí dico de Historia Moderna, «va poniendo palos en las ruedas y marcando su territorio. Dificultando, poniendo peros. Dañando progresivamente la autonomía local ».
El pasado 24 de mayo, además de representantes autonómicos y municipales, se escogieron -a pesar del silencio mediático- los alcaldes pedáneos de las juntas vecinales, que se encargarán durante los próximos cuatro años de gestionar asuntos como el aprovechamiento de la leña , el uso de los montes, etc. Algunos nos preguntamos qué podrán hacer las nuevas fuerzas políticas municipalistas que están emergiendo en el tablero político nacional. «Es necesario que estos partidos vuelvan, a través de las instituciones, la capacidad a la ciudadanía de tomar decisiones y defender y mantener la autoorganización. Que revierten el proceso de apropiación de los comunes que las instituciones llevaron a cabo en muchos lugares. Son procesos judiciales, pero las fuerzas políticas tienen capacidad para intervenir y apoyar la reapropiación del comunal por parte de los vecinos. Hay que estar muy atentos a lo que se hace con el agua, las dotaciones culturales, los cuidados, la educación y la sanidad. La administración debe entenderse como un facilitador que dinamice estos procesos y que no les monopolice. Lo que se les debe pedir es que sean capaces de ceder cuotas de poder a otros actores ». Laureano, al contrario, se muestra más pesimista: «estos partidos están interesados sobre todo en el mundo urbano. En el 60% o 70% de los pueblos únicamente obtiene representación el bipartidismo. A nivel electoral el mundo rural importa muy poco ».
Todo está por ver en un mundo rural que parece, por fin, empezar a ver la luz. Más allá de cuestiones estrictamente político-económicas, como nos explica Montenoso, «los terrenos comunales son fabricantes de posibilidades y futuros. La praxis muestra que hay espacios para redescubrir, tanto en un barrio como, en este caso, en una villa y que suponen la vez recuperar el lugar, lo pequeño. Durante los últimos años se está dando lo que David Bolier llamó reinvención de los comunes, y en este proceso hay una emergencia de iniciativas que están suponiendo una fractura en el sistema capitalista. La cuestión es cómo tendrá lugar este acontecimiento, como será este futuro que está por venir. No lo sabemos! Pero es emocionante la capacidad de hacer de la ciudadanía y por eso nos interesan las comunidades de vecinos que gestionan sus recursos de manera común, y los que tenemos mucho que aprender “.
NOTAS
1 Extraído del «Informe por la autonomía y la vida en Nuestros pueblos. Contra el expolio del mundo rural », elaborado por Ecologistas en Acción y Plataforma Rural en el marco de la campaña llevada a cabo por la coordinadora Stop Expolio de los Bienes Comunales contra la Ley Montoro.
2 Algunos cálculos afirman que el Estado podría embolsarse 21.000 millones de euros vendiendo los 3,5 millones de hectáreas de tierras comunales que aún existen en todo el territorio estatal.
Fuente: alasbarricadas.org
José hornillos
Cuando se habla de las comunidades vecinales, ya sean montes, pastos etc, nunca se mencionan los núcleos de población, es decir, las casas donde viven los vecinos q forman la comunidad. Son también vecinales? Se pueden vender? Alguien puede construirse una casa en un terreno vecinal? Se heredan esas casas? En resumen, qué régimen jurídico tienen los inmuebles ?